El rol del Banco Central en la implementación

En líneas generales, esta normativa desregula el mercado de cambios mediante una serie de excepciones en las obligaciones de liquidar divisas provenientes de exportaciones, regulaciones en cuanto a los ingresos y egresos de divisas y facilidades para la importación de bienes de capital e inversión extranjera directa (IED).


Iara HADAD y Joaquin SANTUCHO • CEPPAS

  • El RIGI fue reglamentado por el Poder Ejecutivo Nacional mediante el Decreto 749 (publicado  en el Boletín Oficial de agosto  de 2024). En él se establece  como autoridades  de aplicación al Banco Central de la República Argentina (BCRA) y a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). En este marco, mediante la Comunicación “A” 8099 de agosto de 2024, el BCRA reglamentó las operaciones de cambio, las exportaciones, las importaciones y los flujos de inversión, todo lo cual impacta de manera directa en la balanza de pagos.

Cabe destacar que esta comunicación publicada por la autoridad monetaria no responde a la misión establecida en el Texto Legal del Banco Central, según la cual: El banco tiene por finalidad promover, en la medida de sus facultades y en el marco de las políticas establecidas por el gobierno nacional, la estabilidad monetaria, la estabilidad financiera, el empleo y el desarrollo económico con equidad social.

Como vemos, la Carta Orgánica (CO) vigente desde el año 2012 (reforma Ley 26.739) prevé para el BCRA un mandato  múltiple.  El mandato del Banco Central habilita (o deshabilita)  el espectro en el que puede y debe actuar la institución, así como también los fines con los que debe hacerlo. En estos términos, los mandatos  de las autoridades monetarias no son dispositivos técnicos sino instrumentos  políticos complejos que movilizan determinadas representaciones sobre el hacer económico, el hacer político y el hacer estatal. Dependiendo de su definición, permiten que la institución se involucre en el pulso y las transformaciones de la sociedad.

Las características  que asumen los mandatos cristalizan enfoques teóricos e históricos acerca de las funciones que deberían asumir los Bancos Centrales. En este sentido, el enfoque neoliberal o neoclásico establece como misión fundamental u objetivo dominante de un Banco Central mantener  la estabilidad de precios a partir de preservar el valor de la moneda.  Ello, bajo una concepción dicotómica entre variables reales y monetarias y bajo el entendimiento de que la emisión monetaria conduciría indefectiblemente a la inflación, la cual es conceptualizada como un fenómeno monetario. El enfoque contrapuesto es aquel que visualiza a los Bancos Centrales como agentes  de desarrollo, por lo cual deben tener objetivos múltiples que contemplen la estabilidad de precios, pero también el fomento del empleo, el crecimiento económico y el desarrollo sostenible.

Si bien  la visión asociada a la escuela de pensamiento neoclásico ha ganado centralidad a partir de la década de los 70, un buen número de países establece para sus Bancos Centrales objetivos varios (técnicos y políticos). Por otra parte, y a nuestro entender, es válido señalar que la importancia del mandato  institucional  múltiple consiste  en que incorpora  a las funciones  del Banco demandas históricas de organizaciones sociales y sindicatos. Cabe recordar que en 2019 se firmó en Argentina el Protocolo de Finanzas Sostenibles de la industria bancaria, con el fin de facilitar y fomentar en las entidades financieras la implementación de mejores prácticas y políticas internacionales en materia de desarrollo sostenible. Si bien el BCRA no suscribió el protocolo, en 2021 se conformó una Mesa Técnica de Finanzas Sostenibles mediante una declaración conjunta del sistema financiero, nucleando a bancos, aseguradoras  y el mercado de capitales. Esto, con el fin de atraer inversiones públicas y privadas bajo criterios ambientales, sociales y de buen gobierno (ASG según sus siglas en español o ESG según sus siglas en inglés). Más recientemente,  en 2023, el Directorio del BCRA aprobó la Estrategia  Nacional de Finanzas Sostenibles (ENFS), que define ejes y lineamientos para la identificación y el abordaje de riesgos y oportunidades vinculados al cambio climático.

[LEER NOTA COMPLETA EN EL BOLETÍN N° 1 – DESCARGAR PDF]

 

 

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